Fuente: El Economista/ Alejandro de la Rosa
- La secretaría publicará cada año una prospectiva de proyectos con un horizonte de hasta 10 años.
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) publicó esta semana una nueva versión del acuerdo donde se establecen nuevas disposiciones administrativas en materia de planeación de infraestructura carretera y ferroviaria, mismas que serán la base para elaborar una prospectiva de proyectos con un horizonte máximo de 10 años (inicialmente serían 20) y que se tendrá que revisarse cada 12 meses.
Dicho documento es una de las promesas del gobierno de la 4T para un mejor ejercicio del presupuesto público en los próximos años y dar respuesta al sector privado en su petición de tener un banco de proyectos de mediano y largo plazo.
La primera versión se publicó a finales de marzo e incluía 16 artículos (en el artículo segundo no se incluía la definición de planeación y en la segunda versión ya está). La segunda, 13.
Ahora, también se incluye la posibilidad de integrar proyectos carreteros o ferroviarios bajo la modalidad de propuesta no solicitada, como lo permite la Ley de Asociaciones Público-Privadas, y se acota con mayor detalle que, en ninguna circunstancia, se podrán desarrollar obras que no estén contemplados en la prospectiva, con excepción de las que se consideren prioritarias para la administración pública o las que justifique alguna situación de emergencia.
El nuevo documento, que fue elaborado por la Subsecretaría de Infraestructura, destaca que los “ferrocarriles son áreas prioritarias para el desarrollo nacional y que el Estado, al ejercer su rectoría los protege”, lo cual no aparecía antes.
Prospectiva de proyectos
La prospectiva de proyectos, de acuerdo con el titular de la SICT, Jorge Nuño, deberá ser publicada y actualizada cada año.
Como parte de las estratégicas tareas de planeación, el documento deberá incluir montos de inversión, tiempo de ejecución, quién será el encargado de vigilar, inspeccionar y verificar la información y las obras y cuál es el vínculo de éstas con el Programa especial de cambio climático 2020-2024 (y sus nuevas versiones).
Incluso, se agrega que “la planeación deberá observar la protección a los Derechos Humanos y a los tratados internacionales de los que México sea parte”.
El artículo sexto precisa que la prospectiva que se elabore tendrá una vigencia anual (la versión previa decía de largo plazo) para permitir a la SICT tomar decisiones adecuadas de inversión para cubrir la demanda de servicios para el transporte de usuarios en las mejores condiciones de calidad, seguridad vial, accesibilidad, oportunidad y economía.